En esta entrada plasmaré de una manera teórica la normativa legal actualmente vigente para el alumnado NESE. Es importante tener esta normativa en cuenta para poder analizar los casos que se presenten, distinguirlos y poder actuar de la manera más adecuada posible.
¿Qué es un alumno NESE?
De acuerdo con el artículo 13 del Decreto 67/2008, se consideran alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo los que requieren de una intervención educativa que transcienda a la atención ordinaria porque presentan:
- NEE - Necesidades educativas especiales
Son derivadas de una discapacidad, de trastornos graves de conducta o emocionales o de trastornos generalizados de desarrollo que requieren durante un periodo de escolarización o toda determinados apoyos y atenciones educativas específicas.
- DEA - Dificultades específicas de aprendizaje
Dificultades específicas de aprendizaje causadas por transtornos del aprendizaje, transtornos por déficit de atención con hiperactividad o sin y trastornos graves del lenguaje oral.
- AC - Altas capacidades intelectuales
Altas capacidades intelectuales.
- CP/HE - Condiciones personales / historia escolar
Un desfase curricular de dos cursos o más por condiciones personales graves de salud o derivadas de factoressociales, económicos, culturales, geográficos o étnicos.
- IT - Incorporación tardana
Incorporación tardía al sistema educativo.
La detección de necesidades específicas de apoyo educativo se llevarán a cabo mediante la observación de:
1. El tutor/especialista que detectan dificultades, AC, maltrato...
2. Traspaso de información al miembro del equipo de apoyo asignado al ciclo donde se valoran las medidas ordinarias a tomar.
3. Demanda EOEP que tiene que estar firmada por los padres.
Si la demanda EOEP no está firmada por los padres no puede llevarse a cabo la detección de las necesidades. Es importante, desde mi punto de vista, saber qué dificultades posee el alumno para poder intervenir adecuadamente y obtenga un aprendizaje significativo. Por esa razón y desde mi punto de vista, considero que dicho estudio se debería llevar a cabo aunque los padres no estuvieran de acuerdo ya que de alguna manera se pone en juego el futuro de aquel niño.
MEDIDAS DE APOYO
El Decreto 39/2011 de 29 de abril establece y regula las medidas generales, ordinarias y específicas de atención a la diversidad, entre otros aspectos.
Son medidas generales de apoyo acciones y estrategias que ponen en funcionamiento.y que facilitan la accesibilidad y la participación de los alumnos en el proceso de aprendizaje.
Son medidas ordinarias de apoyo, las estrategias organizativas y metodologíasque posibilitan la adecuaciónde curriculum al contexto sociocultural del centro y a las características de los alumnos, con los mismos objetivos de eliminar barreras de aprendizaje y de fomentar la participación ( AC de acceso y no significativas)
Son medidas específicas, las actuaciones y los programas destinados a dar respuesta a las necesidades específicas de apoyo educativo después de haber comprobado que no son suficientes las medidas ordinarias previstas. Las ACS son medidas específicas.
Es importante destacar que cada uno de los alumnos puede necesitar en algún momento de su vida escolar algún tipo de medida general de apoyo sin ser NESE, es decir, todos los alumnos, en algún momento pueden presentar dificultades en un ámbito o materia determinada por lo que siempre existirá un apoyo general para todo el alumnado.
ADAPTACIONES DE ACCESO
Son aquellas que facilitan y posibilitan el desarrollo curricular y que se refieren a los elementos organizativos, a los recursos de todo tipo y a la optimización de estos.
Las adaptaciones de acceso son por ejemplo:
- Ubicar al alumno cerca del docente
-Adaptar el mobiliario y material que pueda necesitar en las diferentes actividades
- Proporcionar los recursos materiales específicos para la lectoescritura, mapas en relieve, Braille.
Aunque a priori, dichas adaptaciones de acceso parecen fáciles de llevar a cabo es realmente difícil ya que estas siempre irán unidas a la parte económica por lo que una sin la otra, hace que dichas adaptaciones no se puedan llevar a cabo.
Actualmente, en la escuela donde ejerzo las prácticas, hay sobretodo, una falta de adaptación por parte de los recursos materiales ya que todos los alumnos poseen los mismo materiales con los que trabajar y los alumnos con dificultades no pueden adquirir los mismos conocimientos y con la misma calidad que sus compañeros.
ADAPTACIONES NO SIGNIFICATIVAS
Son modificaciones de los elementos del currículum que no afectan al grado de consecución de los objetivos y, si es el caso, de las competencias básicas:
- Introducir elementos visuales
- Diferentes metodologías
- Diferentes formas de evaluar
- Dar más tiempo para realizar las pruebas
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (ACS)
Se apartan de una manera sustancial o significativa de los elementos del curriculum y afectan en el grado de consecución de los objetivos establecidos para cada etapa y si es necesario, en el caso de las competencias básicas. Las adaptaciones curriculares significativas se consideran una medida de apoyo específico.
Son modificaciones de los elementos del currículum que no afectan al grado de consecución de los objetivos y, si es el caso, de las competencias básicas:
- Introducir elementos visuales
- Diferentes metodologías
- Diferentes formas de evaluar
- Dar más tiempo para realizar las pruebas
Todo esto son ejemplos para realizar una adaptación no significativa. Me gustaría comentar que es importante saber y tener en cuenta que hay diferentes maneras de evaluar al alumnado. Con la experiencia que poseo y lo que he podido ver la manera de evaluar a los alumnos que domina en excelencia es el examen o "prueba" para suavizar durante los primeros cursos académicos. Lo llamemos como lo llamemos, no deja de ser un examen, donde los alumnos con una presión y en un momento determinado deben dejar plasmados por escrito (en la mayoría de las ocasiones) el conocimiento y habilidades obtenidas durante un periodo de tiempo. Considero que un examen no plasma los conocimientos y habilidades que realmente posee una persona sino que estos quedan reflejados a lo largo de su propia adquisición y que aunque un examen puede dejar ver lo adquirido hay que tener en cuenta el proceso y otras formas de evaluar.
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (ACS)
Se apartan de una manera sustancial o significativa de los elementos del curriculum y afectan en el grado de consecución de los objetivos establecidos para cada etapa y si es necesario, en el caso de las competencias básicas. Las adaptaciones curriculares significativas se consideran una medida de apoyo específico.
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